01 septiembre 2013

Los becarios universitarios deberán cotizar a la Seguridad Social


Una sentencia del Tribunal Supremo publicada el pasado 28 de junio ha dado la razón a Comisiones Obreras, el sindicato que presentó el recurso, y ha anulado el Real Decreto del Ministerio de Educación que excluía a los becarios universitarios de cotizar a la Seguridad Social. Según el Tribunal Supremo, éstos deben estar dados de alta en la Seguridad Social, y por tanto computar el periodo de prácticas como vida laboral,  tener derecho a una mejor pensión en el futuro y gozar de la cobertura de accidente de trabajo o enfermedad.

El responsable de dar de alta al becario es la empresa, entidad o institución que financia el programa de formación y el alta se anotará con fecha 28 de junio que fue el día en que se publicó la sentencia.

Tesorería General de la Seguridad Social ofrecerá de plazo hasta el 30 de septiembre para que las empresas registren en el sistema a los becarios afectados por el fallo del Supremo y que hasta ahora no estaban cotizando y se ofrecerá la posibilidad de prorrogar hasta el 31 de octubre el límite del plazo para abonar las cotizaciones sociales correspondientes a junio, julio y agosto.

Aunque la sentencia parece que no ha gustado mucho al Ministro de Educación, sin duda alguna hay que darles la enhorabuena a los becarios que ven reconocido un derecho desde el que hace tiempo vienen luchando.