En España hay un gran número de inmuebles vacíos cuyos propietarios no alquilan por distintas razones: que no dispongan de la casa durante cinco años, por miedo a que le destrocen la vivienda y sin duda por el riesgo de impago de la renta.
Si el inquilino no paga el alquiler, el propietario se ve obligado a interponer una demanda para condenar al pago y/o desalojar a inquilino, y en muchas ocasiones éste al recibir el aviso de demanda consignaba el dinero en el juzgado con lo que se ponía al día en los pagos y no había derecho al desahucio. (Lo que se denomina enervar la acción)
Con la sentencia dictada recientemente por El Tribunal Supremo quizá algunos propietarios se decidan a ceder el uso de sus viviendas ya que se establece que, en los casos de demanda previa por impago, el inquilino ya no podrá gozar por segunda vez de la posibilidad de "enervar la acción de desahucio" y el simple retraso en el pago se entenderá como "incumplimiento pleno de sus obligaciones" y no podrá evitar el desahucio. Para que el propietario pueda beneficiarse de esta jurisprudencia es necesario que por escrito en el contrato de alquiler se exija el pago anticipado de las rentas mensuales y se fije un plazo máximo de determinados días de retraso para llevar a cabo el desalojo.
Con esta sentencia, que resuelve una cuestión sobre la que había decisiones contradictorias, se impide que el inquilino decida a su antojo cuándo pagar.
Si el inquilino no paga el alquiler, el propietario se ve obligado a interponer una demanda para condenar al pago y/o desalojar a inquilino, y en muchas ocasiones éste al recibir el aviso de demanda consignaba el dinero en el juzgado con lo que se ponía al día en los pagos y no había derecho al desahucio. (Lo que se denomina enervar la acción)
Con la sentencia dictada recientemente por El Tribunal Supremo quizá algunos propietarios se decidan a ceder el uso de sus viviendas ya que se establece que, en los casos de demanda previa por impago, el inquilino ya no podrá gozar por segunda vez de la posibilidad de "enervar la acción de desahucio" y el simple retraso en el pago se entenderá como "incumplimiento pleno de sus obligaciones" y no podrá evitar el desahucio. Para que el propietario pueda beneficiarse de esta jurisprudencia es necesario que por escrito en el contrato de alquiler se exija el pago anticipado de las rentas mensuales y se fije un plazo máximo de determinados días de retraso para llevar a cabo el desalojo.
Con esta sentencia, que resuelve una cuestión sobre la que había decisiones contradictorias, se impide que el inquilino decida a su antojo cuándo pagar.
6 comentarios:
las cosas en papel resultan muy fáciles pero luego en la práctica la cosa es bien distinta. Yo tuve una mala experiencia con un inquilino moroso al que tardé o mejor dicho el juzgado tardó en echar 9 años, si como lo estás leyendo, 9 años de paseos por el juzgado. Hay muchas cosas que arreglar, y sobre todo, los jueces deberían de ejecutar las sentencias con mas rapidez, no se puede uno llevar años esperando a que se ejecuten. ¿quien paga todo lo que pierdes en esos años?, ¿que haces, te vuelves a meter en demandas pidiendo responsabilidades después de una experiencia así? en fin, las cosas son complicadas ¿te imaginas lo que cobro el abogado por sus servicios durante tantos años? no quiero ni imaginar cuanto hubiera tardado con un abogado de oficio.
Teniendo en cuenta la cantidad de viviendas vacías que hay, aunque el sistema de ocupacion de viviendas sea ilegal, no me parece algo tan grave como que haya millones de personas sin un techo donde vivir.
Se debería de luchar contra la especulación inmobiliaria. ¿Porque tanta casa sin gente y tanta gente sin casa?
Desde luego experiencias como la tuya Azahar hacen que se renuncie a unos ingresos extras por alquilar la casa.
Y además la lentitud de la justicia en este país tampoco ayuda nada.
gracias por vuestro comentarios.
un saludo.
No es tan fácil echar a un inquilino moroso, aún poniendo las leyes en la mano siempre sale algo que alarga el proceso. Hay unos articulos que los protegen y anulan otros. Con un buen abogado y sabiendo buscar las cosquillas y precedentes no te los quitas de encima. Y luego se van y dejan la casa destrozada por venganza.La gente por eso no alquila y por unos se perjudican otros.
Una amiga lleva 6 años para echar a unos, ahora ha dado a luz la chica y según el juez, hasta que no encuentren un buen sitio para alojarse con la menor hay se le quedan. Todos no son iguales pero hay gente con mucha cara. Seguro que hay una forma de darla vuelta a la ley esta. Un saludo
que la Justicia es una asignatura pendiente en España es obvio. Pero lo me parece mas preocupante es que, diga lo que diga una ley, un juez pueda dictar una sentencia contraria, porque es su criterio y aquí no ha pasado nada.
La experiencia de Azahar es una prueba de por qué se nos quitan las ganas de pedir justicia. Porque la Justicia para ser justa, debería ser inmediata y en España, lamentablemente, no lo es.
Gracias por vuestros comentarios.
Un saludo
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